Momento del reconocimiento del ingreso

Viernes, 5 Septiembre   

Dicho en otras palabras se les puede denominar: obtención y realización del mismo.

Proceso de obtención.
Todas las actividades de una entidad se emprenden para que produzcan ingresos, aunque corrientemente se les reconozca sólo en el momento de la venta del producto creado. Como resultado de ello, ser da por sentado que el ingreso se ha logrado con el transcurso del tiempo, a medida que los diversos factores de la producción se conjunta para que se cree un producto o se preste un servicio.

De igual modo cabe aceptar la idea de que le valor de cambio se crea a medida que un producto va avanzando a lo largo de una línea de montaje de una empresa grande y complicada hasta que sale materialmente terminado por el final de la línea.
Puede haber disponibles medidas satisfactorias del ingreso cuando una división un producto hecho por la primera y la segunda de estas divisiones utilizan el producto para armar otro al que venderá a gente ajena a la entidad.

Cuando se reconocen ingresos a medida que la producción va avanzando se sienta el supuesto, a menos que existan pruebas en contrario de que todos los costos en los que se incurren producen cantidades iguales de ingreso.

En entidades más pequeñas, con una sola división o una sola instalación fabril, típicamente el contador se niega a reconocer ingreso alguno sino hasta que se ha determinado sustancialmente todas las actividades necesarias para la producción.
Pero la actividad relacionada con estos ingresos queda eliminada en la preparación de los estados financieros consolidados, si el producto no se ha vendido a terceros.

Realización:
La realización es, sin duda alguna, uno de los principios más importantes de la contabilidad. Por desdicha no existe un consenso acerca de su significado exacto y del grado en que ha de aplicársela.

1. Carece de precisión analítica.
2. Porque el hincapié que hace en el acto de la venta está en conflicto con el postulado de la continuidad de la actividad de la empresa.
3. Su aplicación quizás asigne ingresos a un ejercicio equivocado.

En dicha publicación, se sostiene que el significado de realización es:
“Un cambio en un elemento del activo o del pasivo que ha llegado a ser suficientemente definido y objetivo para que justifique su reconocimiento en las cuentas “, todos estos cambios han de analizarse por lo que respecta a su fuente y si guardan relación con el producto o la entidad, se les reconoce como ingreso.

Sin embargo probablemente se obtuviese una imagen más exacta de la actividad económica si se hiciera hincapié en elementos conmensurables del activo más bien que en el activo liquido.

El hecho de sostener que la realización implica participación en una transacción de mercado veda a todos la contabilización de un valor de mercado, salvo a quienes toman parte en la transacción que lo establece.

Así pues, desde el punto de vista del contador en ejercicio, la realización no es un principio universal, es una orientación general, que exige determinadas excepciones.
Pero la constante negativa del contador en ejercicio a reconocer como ingresos al aumento definido y objetivo del valor de títulos comercializables parece estar justificado solamente si la interpretación que sé de a la palabra ” definido ” es que significa ” permanente “.

En definiciones recientes de la realización se ha eliminado de ellas la distinción entre ganar un ingreso y su realización. En este caso la realización la determinan tres pruebas:

1. Pruebas comprobables de un aumento de valor.
2. Una transacción de mercado entre la unidad contable y alguien ajeno a ella.
3. La entregue de mercancías o la prestación de servicios.

Así pues, el adelanto de efectivo, al que anteriormente podía llamársele ingreso no devengado, actualmente ha de llamarse ingreso no realizado. Pero la posición así sostenida quizás atraiga algo de apoyo por parte de los usuarios de información financiera. Quienes la defienden instan el reconocimiento de los cambios de valor basados en pruebas comprobables, y estos cambios se contabilizan como ganancias que no quedan realizadas sino hasta que cobran realidad por medio de una transacción de mercado.